Garantía de daños estructurales
Se indemnizan o reparan los daños materiales que tengan origen o afecten a:
• La cimentación
• Los soportes
• Las vigas
• Los forjados
• Los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometen la estabilidad del edificio y la resistencia mecánica.
Se garantizan:
• Costes de reparación y refuerzo en que se acometa por eliminar la amenaza de hundimiento de la obra del edificio.
• Gastos de remoción y demolición de escombros derivados de un siniestro cubierto.
Resistencia mecánica y estabilidad de fachadas no portantes
Cubre la reparación de los daños que afecten a la resistencia mecánica y estabilidad.
Impermeabilización de cubiertas y fachadas
Costes de reparación o restitución de los elementos que garanticen la impermeabilización.
Estanqueidad de sótanos
Sólo en determinados casos y dependiendo de las características técnicas del riesgo se indemnizan los costes de reparación o restitución de los elementos que garanticen la estanqueidad.
Bienes preexistentes
Daños que sufra la edificación objeto de reforma, rehabilitación o modificación.